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Compliance: la palabra clave

6 marzo, 2017C.Sin categoríaNo hay comentarios
Actualmente, el compliance es uno de los asuntos prioritarios en la agenda legal de las compañías españolas

 El compliance o cumplimiento normativo, según el Comité de Basilea, es una función independiente que identifica, asesora, alerta, monitorea y reporta los riesgos de cumplimiento en las organizaciones, es decir, el riesgo de recibir sanciones por incumplimientos legales o regulatorios, sufrir pérdidas financieras o pérdidas de reputación por fallas de cumplimiento con las leyes aplicables, las regulaciones, los códigos de conducta y los estándares de buenas prácticas (juntos “leyes, reglas y estándares”). Es, sin duda, una herramienta capaz de regular la actividad de la empresa, protegiéndola de cualquier tipo de riesgo.

Este nuevo término anglosajón, nace como respuesta a la necesidad de asegurar un cumplimiento normativo y complejo en el ámbito financiero. Para ello, se crean una serie de departamentos encargados de asegurar el cumplimiento normativo de la empresa, focalizándose detenidamente en cada sector de la empresa y pudiendo llegar más lejos a través de éste.

Este cumplimiento normativo se lleva implantando en Europa durante los últimos diez años, debido a una serie de reformas en la normativa nacional e internacional, que cada vez es más exigente con el sector financiero. En España, este concepto de moda llega más tarde, instaurándose primero en aquellas empresas con carácter internacional, para proporcionar seguridad a sus socios y clientes extranjeros.

El cumplimiento normativo viene regulado en la Ley Orgánica 1/2015.

 

Compliance: qué funciones cubre

El compliance está compuesto por una serie de actuaciones, que han de coordinarse entre sí y planearse adecuadamente:

  1. Identificación: se han de identificar los riesgos a los que se enfrenta la empresa, teniendo en cuenta su severidad e impacto y la probabilidad de que se den.
  2. Prevención: conociendo los riesgos, se debe diseñar e implementar procedimientos de control que protejan a la empresa.
  3. Monitorización y detección: la efectividad de los controles implementados debe ser supervisada, informando a la dirección de la exposición de la empresa a los riesgos, y realizando las auditorías periódicas que sean precisas.
  4. Resolución: cuando surge algún problema de cumplimiento, debe trabajarse para su solución.
  5. Asesoramiento: los directivos y trabajadores deben recibir toda la información necesaria para llevar a cabo su trabajo de acuerdo con la normativa vigente.

Tradicionalmente, estas funciones recaían en los departamentos de asesoría jurídica. Sin embargo, y debido a la necesidad de cumplir con la normativa estipulada, se han creado puestos de trabajo especializados en esta función, ya sea desde dentro de la empresa (asesor in-house) o como parte de empresas especializadas en compliance.

Con todas ellas, el empresario puede probar, ante un supuesto procedimiento penal, que su empresa está llevando a cabo sus funcionas conforme a la legalidad, previniendo y detectando delitos antes incluso de que lleguen a materializarse.

Nueva tarea para los detectives privados

Como consecuencia del auge del compliance, son muchos los clientes que contratan los servicios de Detectives Privados para indagar si las empresas a con las que tratan cumplen correctamente con la normativa vigente.

Su labor básicamente se centra en la detección de actuaciones que van en contra de los intereses de la empresa, como de la prevención. Además, se encargan de gestionar los riesgos que la empresa pueda tener de forma preventiva, así como ayudar a luchar contra la corrupción y el fraude. Con todo ello, el objetivo primordial es la seguridad y la salud de la empresa y de los trabajadores que la integran.

 

Etiquetas: compliance, cumplimiento normativo, detective privado
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