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Preguntas frecuentes sobre la actividad profesional de detectives

15 noviembre, 2017C.Sin categoría

¿Qué es un detective o despacho de detectives privados?

Un detective privado es aquella persona física que, habiendo obtenido la correspondiente habilitación, llevan a cabo funciones de seguridad privada.

De tal manera que los despachos de detectives privados son aquellas oficinas constituidas por uno o más detectives privados que prestan servicios de investigación privada.

La seguridad privada es por tanto el conjunto de actividades, servicios, funciones y medidas de seguridad adoptadas, de forma voluntaria u obligatoria, por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, realizadas o prestados por empresas de seguridad, despachos de detectives privados y personal de seguridad privada para hacer frente a actos deliberados o riesgos accidentales, o para realizar averiguaciones sobre personas y bienes, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas, proteger su patrimonio y velar por el normal desarrollo de sus actividades.

¿A través de que ley vienen reguladas las funciones de los Detectives Privados?

Las funciones de los Detectives Privados vienen reguladas por la Ley 5/2014, 4 de abril, de Seguridad Privada.

¿Cuándo se pueden contratar los servicios de un Detective Privado?

Cuando la persona, tanto física como jurídica, tenga un interés legítimo en la actividad, siempre y cuando las actividades que vaya a realizar el Detective Privado se encuentren dentro de la Ley 5/2014, y a través de un contrato firmado por ambas partes. Las actividades que quedarían excluidas serían aquellas que tengan por objeto la investigación de delitos perseguibles de oficio y, en general, investigar delitos de esta naturaleza, debiendo denunciar inmediatamente ante la autoridad competente cualquier hecho de esta naturaleza que llegara a su conocimiento, y poniendo a su disposición toda la información y los instrumentos que pudieran haber obtenido hasta ese momento, relacionado con dichos delitos.

¿Cómo sé si un Detective Privado está habilitado para el oficio?

El Detective Privado debe disponer de una Tarjeta de Identificación Profesional (TIP) que le habilite y homologue para llevar a cabo actividades de seguridad privada. Esta tarjeta tiene que ser emitida por el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía y Guardia Civil.

¿Qué obligaciones tienen los Detectives Privados?

Según el artículo 37 de la Ley 5/2014, los detectives privados vendrán obligados a:

  1. Disponer de la Tarjeta de Identidad para el ejercicio de su profesión.
  2. Confeccionar los informes de investigación relativos a los asuntos que tuvieren encargados.
  3. Asegurar la necesaria colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando sus actuaciones profesionales se encuentren relacionadas con hechos delictivos o que puedan afectar a la seguridad ciudadana.
  4. Ratificar el contenido de sus informes de investigación ante las autoridades judiciales o policiales cuando fueren requeridos para ello.
  5. Guardar riguroso secreto de las investigaciones que realicen, así como no facilitar datos sobre éstas más que a las personas que se las encomienden y a los órganos competentes para el ejercicio de sus funciones.

¿Los detectives llevan a cabo algún trabajo de manera ilegal?

No, siempre se rigen por las leyes y el ordenamiento jurídico español, con especial atención a la Ley de Seguridad Privada 5/2014.

¿Se pueden rechazar las pruebas realizadas por un Detective Privado?

Si, en el caso de que las pruebas se hayan obtenido de manera contraria a lo que dispone la Ley de Seguridad Privada 5/2014 o cuando el detective que lleva a cabo la investigación no esté homologado para el oficio.

En general, todas las pruebas aportadas por los Detectives Privados son válidas ante el Juez.

¿Puede el Detective Privado personarse como testigo-perito en un Juicio?

La Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, en su art. 370 recoge: “cuando el testigo posea conocimientos científicos, técnicos, artísticos o prácticos sobre materia a la que se refieran los hechos del interrogatorio, el Tribunal admitirá las manifestaciones que en virtud de dichos conocimientos agregue el testigo a sus respuestas sobre los hechos.”

 

Etiquetas: detective, detective privado, preguntas frecuentes, seguridad privada, TIP
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